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18 Jun 2026
17 Jun 2026

Planes de movilidad al trabajo y negociación colectiva: el nuevo marco socio laboral de la Ley de Movilidad Sostenible – Por Ceca Magán Abogados

“Para centros de especial dimensión (más de 1.000 trabajadores en grandes áreas urbanas) la Ley prevé la adopción de medidas adicionales orientadas a reducir la movilidad obligada”

No te pierdas el último Corner Legal de la Revista Factor Humano, firmado por Enrique Ceca, socio director del departamento Laboral, y Blanca Liñán, socia en el departamento Laboral de Ceca Magán Abogados, en el que abordan el marco normativo de la IA en el entorno laboral.

La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible se configura como una norma de carácter transversal que, si bien tiene su fundamento principal en objetivos medioambientales y de ordenación del transporte, proyecta efectos jurídicos directos sobre el ámbito socio-laboral. En particular, incide en la organización del trabajo, en el ejercicio de las facultades empresariales y, de forma destacada, en los derechos de información, consulta y participación de la representación legal de las personas trabajadoras (RLPT) y representación sindical.

Publicada en el Boletín Oficial del Estado el 4 de diciembre de 2025 y con entrada en vigor el día 5 -si bien, con una suerte de periodo transitorio que se expone más adelante-, la norma redefine el marco de intervención pública y privada en materia de transporte, integrando la movilidad como un elemento estructural en la organización de la actividad económica y, en particular, de las relaciones laborales

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