Conciliación laboral: así impacta la nueva Ley de Familias en las empresas españolas

El Gobierno ha aprobado recientemente el anteproyecto de Ley de Familias en el Consejo de Ministros, con varias implicaciones directas en lo que respecta a la conciliación.

conciliación-teletrabajo-niña-niños-ordenador-rrhh-recursos-humanos-factor-humano-fhEn nuestro país, el 68% de los padres y madres tiene dificultades para compaginar su vida profesional con el cuidado y la educación de sus hijos, según el último ‘Estudio de Conciliación’ de Edenred, plataforma de beneficios sociales, incentivos y retribución flexible, realizado a 1.860 progenitores en activo durante febrero y marzo de 2023.

Solicitud de hasta 12 años de teletrabajo

La Ley de Familias abre la puerta a la solicitud de hasta 12 años de teletrabajo después de ser padre o madre. De este modo, los progenitores trabajadores van a poder solicitar las adaptaciones de duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Este requerimiento se podrá aplicar hasta que los descendientes cumplan 12 años y no se limita en exclusiva al momento del nacimiento, ya que, si el hijo tiene ocho años, los padres podrían disfrutar de esta medida durante los cuatro años siguientes.

No obstante, el texto puntualiza que “dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa”.

Permiso no retribuido de 8 semanas

El anteproyecto de ley incluye un permiso no retribuido de 8 semanas tanto para padres como madres con hijos menores de 8 años, que se puede disfrutar de manera continua o discontinua.

Asimismo, la ley recoge un permiso retribuido de cinco días al año para cuidar a un familiar de hasta segundo grado o un conviviente con o sin parentesco. Por último, también se abre la posibilidad de acceder a un tercer permiso, retribuido en este caso, de 4 días al año, por mayor fuerza familiar.

15 días para estudiar las solicitudes

Con el objetivo de que las demandas de conciliación no se dilaten en el tiempo, la ley establece que las compañías tendrán como máximo 15 días para estudiar cualquiera de las solicitudes anteriormente mencionadas, “presumiéndose su concesión si no concurre oposición motivada expresa en este plazo”.

Una vez finalizado el proceso, las organizaciones deberán comunicar por escrito la aceptación de la petición. En caso contrario, deberán plantear una propuesta alternativa que facilite la demanda de conciliación de la persona trabajadora o manifestará la negativa a su ejercicio. En este caso, la empresa deberá motivar las razones objetivas en las que se sustenta esta decisión.

 

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