Consultas laborales

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FALSO AUTÓNOMO: 

¿Cómo se determina si hay o no falso autónomo?

Siempre dependerá de cada caso concreto, pero se deben tener en cuenta varios indicios: la asistencia al centro de trabajo del empleador o lugar de trabajo designado por este; el sometimiento a un horario fijo y determinado; que el posible autónomo no planifique y tome las decisiones en cuanto a la organización del trabajo; que sea el empresario el que fije los precios o tarifas que se vayan a cobrar; que no exista libertad por el colaborador en las decisiones sobre la selección de clientela; y el carácter fijo o periódico de la remuneración.

¿Qué consecuencias tiene para la empresa la situación de falso autónomo en relación con la Inspección de Trabajo?

La Inspección de Trabajo podrá imponer sanciones de carácter grave con multas que oscilan entre los 3.126 euros hasta los 10.000. Además, debe pagar la cotización del trabajador a la Seguridad Social de los últimos 4 años, con un recargo del 20%.

¿Y en relación con el trabajador?

El trabajador podrá reclamar el salario que por convenio le correspondía, con el límite de un año.

Despedido

DESPIDO:

¿Puedo despedir a un trabajador por falta de asistencia al puesto de trabajo?

Tras la reforma que ha tenido lugar este febrero, ya no es posible despedir a un trabajador por las faltas justifica.das de corta duración que se fijaban en el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores.

¿Y si ya había despedido por esta causa a un trabajador y nos encontramos en el pleito, es nulo por esta causa?

Si el despido se efectuó con anterioridad a la reforma deberá surtir efectos. No obstante, será cuestión de tiempo que los tribunales fijen doctrina referente a este tema, como consecuencia de reclamaciones alegando retroactividad.

 

Responde Ceca Magán

 

(El artículo completo se puede leer en este pdf del número 1 de la revista Factor Humano)

 

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