El nuevo Convenio Colectivo de Canal de Isabel II incluirá la armonización salarial de su plantilla

El Comité de Empresa y la Dirección de Canal de Isabel II han alcanzado un acuerdo sobre los términos económicos que regirán el II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, gracias al cual se procederá a la armonización salarial de los casi 3.000 empleados que integran la plantilla de la empresa pública. 

Canal Isabel II empleadosEste acuerdo, que ha sido aprobado en Asamblea de Trabajadores con un 83 % de votos positivos, es fruto de varios meses de negociaciones y atiende al compromiso por la Dirección de la compañía de armonizar progresivamente las retribuciones de todos los trabajadores. Tras el resultado de la votación, se procederá a la firma del acuerdo económico entre Comité de Empresa y Dirección.

Tras su transformación en 2012 en sociedad anónima, Canal de Isabel II carecía de un convenio propio de empresa y se regulaba a través del Convenio sectorial. En 2017, entró en vigor el I Convenio Colectivo de la compañía, que, si bien mejoraba sustancialmente las retribuciones de los empleados incorporados a la empresa con posterioridad a su conversión en sociedad anónima, mantenía unas diferencias retributivas entre puestos del mismo nivel. Este Convenio, prorrogado desde el 1 de enero de 2020, sigue aún en vigor mientras se negocian los términos concretos del II Convenio.

Así, con este acuerdo económico, con retroactividad desde el 1 de enero de 2021, los trabajadores incorporados a Canal desde julio de 2012 se irán armonizando progresivamente. Además, se incorpora un nuevo concepto retributivo variable en función del desempeño, se recupera el complemento por jornada partida y se incluyen aspectos relacionados con la reclasificación de ciertos niveles profesionales.

Por último, el acuerdo incluye la reactivación del plan de pensiones para todos los trabajadores de la empresa. De esta forma, la empresa no realizará aportaciones al fondo de capitalización, que, en todo caso, podrán ser voluntarias por parte de los trabajadores, pero sí lo hará para asegurar las contingencias de riesgo de incapacidad permanente y fallecimiento.

La mesa negociadora del II Convenio Colectivo continuará negociando el texto completo del futuro convenio, y los acuerdos económicos adoptados se incorporarán al mismo. Una vez finalicen las negociaciones del convenio, el texto completo deberá ser aprobado y ratificado por el Consejo de Administración de la empresa, previo informe favorable de la Comunidad de Madrid y a continuación, se presentará ante la Autoridad Laboral para su registro y publicación en el BOE.

 

Gracias por suscribirse a nuestra NewsLetter

Comprueba tu bandeja de entrada* para confirmar la suscripción a la Newsletter de Factor Humano.

*No olvides revisar tu carpeta de correo no deseado o SPAM.