La negociación con sindicatos más representativos ¿viene para quedarse?

Por Enrique Ceca, Socio Director del área Laboral de Ceca Magán Abogados

Enrique Ceca CECA MAGÁNCon motivo de la complicada situación que estamos atravesando como consecuencia de los efectos del Covid-19, hemos tenido que adaptarnos a numerosos cambios, principalmente en la legislación laboral, introducidos por una ingente cantidad de Reales Decretos-ley desde el pasado mes de marzo con motivo del Estado de Alarma.

Sin embargo, aunque dichas novedades legislativas tienen en principio fecha de caducidad, cabe reflexionar sobre si alguna de ellas terminará por introducirse de manera estable en nuestro ordenamiento.

Un claro ejemplo sería el papel protagonista que se ha otorgado a los sindicatos más representativos en las negociaciones de los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (ETOP) introducido por el Real Decreto-ley 8/2020 en su artículo 23.

Concretamente, en las empresas en las que no existiera representación de los trabajadores, la negociación ha sido atribuida, prioritaria y obligatoriamente, a los sindicatos más representativos del sector. Y ello, muchas veces, con independencia de la voluntad y decisión de los propios trabajadores afectados.

Cabe indicar que, con carácter previo a la publicación del citado Real Decreto-ley 8/2020, en las empresas que no contaban con representación unitaria, la comisión negociadora estaría formada a la elección de los trabajadores por una comisión ad hoc compuesta por tres trabajadores de los centros afectados designados democráticamente por la plantilla y hasta un máximo de 13 miembros; o bien, en su defecto, por los sindicatos más representativos del sector en el que se encuentre la empresa (artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores).

Vemos, por tanto, que previamente al Real Decreto-ley 8/2020 solo era necesario llamar a los sindicatos más representativos en el supuesto en el que los trabajadores decidiesen voluntariamente no constituir la comisión ad hoc para las negociaciones del periodo de consultas.

En cambio, con la redacción del Estado de Alarma, los propios trabajadores y sus intereses podrían quedar relegados a un segundo plano, tras la figura de los sindicatos más representativos del sector; lo que resulta muy llamativo al ser estos los que resultan directamente afectados por las medidas a negociar.

La primera pregunta que nos surge sería si podemos entender que supone una mejora para las negociaciones colectivas.

En mi humilde opinión, no siempre el llamamiento obligatorio a los sindicatos facilita la negociación entre empresa y trabajadores, ni tiene por qué mejorar la posición de estos. En primer término, se corre el riesgo de desconocer la verdadera realidad del problema o los intereses prioritarios de los empleados. Y adicionalmente, con especial referencia a las pequeñas empresas, puede convertirse en un impedimento para llegar a un acuerdo en los términos deseados por la plantilla.

Sin embargo, ¿Viene este modelo para quedarse?

Puedo equivocarme, pero todo apunta a que así será.

No cabe duda de que las reformas por venir tendrán por objetivo potenciar la figura de los sindicatos más representativos en lo que se refiere a la negociación de procesos colectivos. Es decir, no limitándose a los ERTE, sino tal vez reforzando o estableciendo su prioridad en negociación de los convenios colectivos, despidos colectivos, modificaciones sustanciales colectivas o descuelgues, por ejemplo.

Teniendo en cuenta dicha circunstancia y que en España alrededor del 85% de las empresas no disponen de representación unitaria de los trabajadores, la celebración de elecciones sindicales en cada centro podría dispararse, potenciando la posibilidad de que la negociación se quede en el seno de la compañía y los sindicatos, más representativos o no, se mantengan en su posición de asesores externos o no lleguen incluso a participar en los procesos.

Es más, hasta las propias empresas podrían, en la medida de lo posible, tratar de incentivar la conformación de representaciones unitarias para mantener las negociaciones colectivas por venir – y que obviamente aumentarán en los próximos meses –, con empleados de la casa, y que, para bien o para mal, son conocidos y predecibles.

Si te preguntas si se puede celebrar un proceso electoral de manera telemática, la respuesta es afirmativa.

Abran juego…

 

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